Seguridad Jurídica y rol del Escribano para la Protección de Bienes

El Escribano es un profesional del Derecho que ejerce una función pública; por lo tanto, la seguridad jurídica que brindan garantiza que todo acto que realicen las personas, con su asesoramiento y participación, será respetado y amparado por la Ley.

Para ratificar este concepto, dialogamos con Susana Macina, Escribana Publica Nacional, Titular del Registro N° 32 en Jujuy. La reconocida notaria sostuvo que es importante el rol del escribano para la sociedad y el sistema jurídico. Esto quiere decir que la persona cuando consulta a un escribano a la hora de concretar un negocio jurídico tendrá seguridad, por ejemplo, cuando se obtiene un título de propiedad.

"Y porqué decimos que el escribano brinda “seguridad”; lo decimos porque la persona que obtiene su título va tener total certeza que es único titular y que nadie lo va perturbar en su derecho de propiedad” dijo la Escribana, y agregó: “Ésta es la importancia de tener la escritura, no es ni más ni menos que el título de propiedad, y el trámite escriturario hace que un papel o documento privado que las personas firmaron en su momento, por ejemplo un boleto de compra venta que es lo más común, se transforme en un título de propiedad, que no es otra cosa que la escritura”.

Sobre ese documento, Macina expresó que “Es como la partida de nacimiento o el DNI de la propiedad, que va a decir quién es el dueño. Esto se inscribe en el Registro Inmobiliario y nadie lo debe perturbar en su derecho de propiedad. Ese documento tiene tanta importancia, que la persona puede fallecer y sigue estando a su nombre y desde ese momento, genera la sucesión y los herederos van a tener derecho a esa propiedad. Por eso es sumamente importante escriturar” aseguró la notaria.

Para evitar estafas sobre el valor de este instrumento notarial indicó que “El sistema hace que la gente acuda al escribano para consultar y el escribano sabrá informar si tiene riesgos o no, si la propiedad está embargada, si el que le vende realmente es el dueño, si esta persona no está inhibida para disponer de sus bienes; si verdaderamente tiene libertad para vender, donar, permutar u otras acciones que esté dispuesto a realizar”.

Sobre la funcionalidad del sistema y el rol de justicia preventiva que cumple el escribano, Macina expresó que existe un instituto que se llama “Afectación a vivienda”; antes se llamaba “Bien de familia”. Esto es algo muy aconsejable; a la hora de tener una consulta con el notario por una compra por ejemplo, le decimos compre porque será su casa y esta todo en orden. Ud. hará un esfuerzo económico y debe ponerlo como bien de familia. Para ejemplificar, esto quiere decir que la propiedad no será objeto de una ejecución por embargo”.

“Cuando uno hereda, por ejemplo la casa del padre, el sistema obliga en que debe abrirse un juicio sucesorio. Esa tramitación se realiza en Tribunales. Pero existe el instituto del trato abreviado, para que los herederos puedan vender o transferir de cualquier otro modo, como herederos declarados, previo haber cumplido el pago al abogado y haber repuesto la tasa de justicia” detalló la Escribana.

Sobre los recursos jurídicos y el rol del escribano durante el asesoramiento, también existe la figura de la Partición Extrajudicial. Sobre esta figura jurídica, la profesional aseguró que genera costos menores y resulta de vital importancia porque el sistema en la justicia es demasiado lento, puede tardar años señaló: “Entonces, si todos los herederos son mayores de edad y no hay conflicto entre ellos, por unanimidad todos los hermanos por ejemplo, podría decidir que la casa adjudicada a uno, el lote para otro hermano o podrán vender y dividir el dinero entre sí. Es imprescindible previamente consultar con el abogado para abrir el sucesorio y obtener la Declaratoria de Herederos, abonar al abogado y la tasa de justicia”. Finalizó Susana Macina.

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